Esta es la ley fundamental que rige en toda la República Argentina y que establece penas de prisión para quienes maltraten o hagan víctimas de actos de crueldad a los animales.
1. Actos de Maltrato
Se considera maltrato a las siguientes acciones:
- No alimentar en cantidad y calidad suficiente.
- Azuzar a los animales mediante instrumentos que les provoquen castigos o dolores innecesarios.
- Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin descanso, o cuando no se encuentren en estado físico adecuado.
- Estimularlos con drogas sin fines terapéuticos.
- Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.
2. Actos de Crueldad
Se consideran actos de crueldad (más graves que el maltrato):
- Practicar vivisección sin fines científicos.
- Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal.
- Intervenir quirúrgicamente sin título de médico veterinario.
- Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por solo espíritu de perversidad.
- Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, o cualquier espectáculo donde se hiera u hostigue a los animales.
¿Cómo denunciar basándote en esta ley?
Recordá que por ser una Ley Penal, la policía tiene la obligación de tomarte la denuncia. No es una opción, es su deber.
Consejo: Si un funcionario se niega a recibir la denuncia, anotá su nombre y número de placa; podés denunciarlo por "Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público".